La obligación
Son dos reglamentos, y se suelen confundir
La Ley 16.744, hoy a través del DS 44, obliga a toda entidad empleadora a mantener un reglamento interno de higiene y seguridad, sin importar cuántos trabajadores tenga. El artículo 153 del Código del Trabajo agrega la parte de orden a las empresas que ocupan normalmente diez o más trabajadores permanentes. Ambos pueden refundirse en un solo documento, que es lo que en la práctica se llama RIOHS.
De ahí viene el error más común en las pymes: creer que por tener menos de diez trabajadores no necesitan reglamento. Lo necesitan igual, solo que sin el capítulo de orden. Y el que ya lo tiene rara vez lo tiene al día: el DS 44 y la Ley Karin cambiaron contenidos que hoy deben estar incorporados.
Qué incluye
Lo que le entregamos
Un reglamento escrito para su empresa, entregado a su gente y con el respaldo de esa entrega.
- Reglamento redactado o actualizado según su rubro, su estructura y sus turnos reales.
- Contenidos de higiene y seguridad exigidos por el DS 44, incluidos los procedimientos de emergencia y de investigación de accidentes.
- Protocolo de Ley Karin incorporado, para que ambos documentos digan lo mismo.
- Gestión de la entrega y del depósito ante las instituciones que corresponda, con los registros firmados por cada trabajador.
- Revisión anual si contrata la modalidad semanal, para que no vuelva a quedar desactualizado.