La obligación
Una depende del tamaño; la otra, de nadie
El DS 44 exige constituir Comité Paritario de Higiene y Seguridad en toda empresa, faena, sucursal o agencia en que trabajen más de 25 personas. Se compone de tres representantes de la empresa y tres de los trabajadores, con sus suplentes; los de los trabajadores se eligen en votación secreta y directa, y el comité sesiona de forma ordinaria una vez al mes.
La obligación de informar los riesgos laborales, en cambio, no tiene umbral: cada persona debe recibir esa información antes de empezar sus labores, cualquiera sea el tamaño de la empresa. Es de las primeras cosas que se piden en una fiscalización, y la que más veces existe de palabra pero no por escrito.
Qué incluye
Lo que le entregamos
El comité constituido y sesionando, y la información de riesgos entregada con respaldo.
- Proceso de elección conducido de principio a fin, con actas y respaldo de cada etapa.
- Comité constituido y capacitado, para que sus integrantes sepan qué les corresponde hacer.
- Acompañamiento a las primeras sesiones, con el formato de acta que deben mantener.
- Información de riesgos preparada por cargo, sobre la base de su matriz y no de un formato genérico.
- Registros de entrega firmados por cada trabajador, ordenados en su carpeta documental.